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FEDOMU respalda que el ayuntamiento contrate empresa privada para recoger la basura en Puerto Plata

Por: Servicios de Prensa Ultimo Diariolunes 09 de julio de 2018
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Manuel Gilbert

PUERTO PLATA.-El asesor y el director del Departamento Legal de la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU), Waldys Taveras y el doctor Nicolás Soriano, recomendaron a la institución para la que laboran que dé el visto bueno al Proceso de Contratación de una Empresa Privada para la Recolección de los Desechos Sólidos, que impulsa el alcalde de Puerto Plata, Walter Musa.

Taveras hizo de público conocimiento al  Concejo de Regidores durante la sesión ordinaria realizada el pasado jueves que “nosotros fuimos designados por el presidente de FEDOMU, ingeniero Rafael Hidalgo, a petición del alcalde Walter Musa, que solicitó la asignación de técnicos, a fin de que vieran lo relativo al Proceso de Contratación para la Recolección de los Desechos Sólidos”.

En ese sentido, el municipalita leyó integro al Concejo de Regidores local el resultado final del  informe que  rindieron  al presidente de FEDOMU, alcalde Rafael Hidalgo, copia del cual también le fue remitido al alcalde Musa, investigación realizada al tenor de lo que establecen sobre la materia, la Constitución de la República y las leyes 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios y 340-06, sobre Contrataciones de Obras y Servicios del Estado

Expresó que el informe dice: “Muy respetuosamente le informamos que hemos procedido al análisis solicitado, sobre la legalidad y pertinencia de la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos, bajo contratación con empresa comercial y en ese sentido encontramos lo siguiente: , la recolección y disposición final de residuos sólidos constituye un servicio público municipal, en virtud del artículo 20 de la ley 176-07, que dispone lo que son las competencias mínimas de los municipios”.

Señaló que la Constitución Dominicana trata lo relativo a los servicios públicos y a la forma de su prestación, cuando en su artículo 147 dispone: “Los servicios públicos están destinados a satisfacer las necesidades de interés colectivo. Se ha declarado por ley. En consecuencia, el Estado garantiza el acceso a los servicios públicos de calidad, directamente o por delegación, mediante concesión, autorización, asociación en participación, transferencia de propiedad accionaria u otra modalidad contractual, de conformidad con la Constitución y las leyes”.

“En ese sentido, la ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipio, en sus artículos 210 y 211 define los servicios públicos municipales y establece que las modalidad como estas se presentan son: los servicios municipales se prestan a los municipios en el ámbito de su competencia propia. Los ayuntamientos tendrán capacidad para contratar para la adquisición de bienes y servicios”, indicó.

Explicó que estas contrataciones municipales deben realizarse dentro del marco de las disposiciones de la ley 340-06 de Compra y Contratación Pública. A gregó que en virtud del análisis del gasto, en la cuenta de servicio de recogida de residuos sólidos y de reparación de equipos, reporta la ejecución presupuestaria del municipio de Puerto Plata, somos de opinión que ese ayuntamiento se encuentra dentro de los ayuntamientos con una alta población permanente y una población flotante, por su condición de pueblo turístico, así como por su extensión territorial, lo más recomendable para la eficiencia del servicio de recolección de residuos sólidos es la contratación a un precio fijo de dicho servicio, lo que va a contribuir a un mayor control del gasto y del desarrollo de la ejecución presupuestaria”, expuso.

De igual manera, el informe recomienda que la contratación se establezca claramente el derecho del ayuntamiento a fiscalizar los equipos con los que la empresa contratada va a prestar el servicio, el derecho de acceso a las instalaciones y talleres de esa empresa, así como un programa de rutas y frecuencia en las que los ciudadanos conozcan de manera clara qué días y a qué horas pasarán los camiones recolectores”.

El informe leído por Waldys Taveras lo firma, además de él, el encargado del Departamento Legal de la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU), Nicolás Soriano, quien también estuvo presente en la sesión ordinaria durante la cual se hizo público el referido informe sobre la legalidad del Proceso de Contratación de una Empresa Privada para Recoger los Residuos Sólidos en el municipio de Puerto Plata.

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